Nueva Ley Energia Solar autoconsumo fotovoltaico

Resumen del Real Decreto Ley 15/2018 sobre instalaciones solares de autoconsumo. Exito Nueva Ley Energia Solar. Se deroga el impuesto al sol para pequeñas y medianas instalaciones solares. Se deroga el impuesto al sol para pequeñas y medianas instalaciones solares.

La reciente aprobación del Real Decreto Ley 15/2018 supone una serie de cambios significativos en las instalaciones de placas solares autoconsumo fotovoltaico; lo explicamos desde Granadasolar.

Entre otras ventajas con la nueva ley energia solar se recupera la posibilidad de iluminar su casa con más facilidad (y menos coste) con Instalacion placas solares autoconsumo. instalacion fotovoltaica conectada a red.

Recordará que a finales de 2015 se publicó el Real Decreto 900/2015. Este Real Decreto penalizó a las instalaciones fotovoltáicas con el comúnmente conocido como Impuesto al Sol, reduciendo las ventajas del autoconsumo energético. Fue derogado con una nueva normativa en la que se deja de penalizar económicamente a las instalaciones solares fotovoltaicas de autoconsumo eliminando por completo el ‘Impuesto al Sol’ como exigían desde Europa.

Hasta el momento existían 4 modalidades de instalaciones de autoconsumo. En la actualidad se han reducido solamente a 2 tipos

Indice

Nuevas modalidades de la Nueva Ley Energia Solar

Modalidad tipo 1. Instalación de autoconsumo sin excedentes. Es decir, una instalación de autoconsumo fotovoltaico en la que no se vierte energía a la red y para ello debe ser instalado un sistema de antivertido homologado.

Modalidad tipo 2. Instalación placas solares fotovoltaicas de autoconsumo con excedentes. Es una instalación fotovoltaica de autoconsumo en la que se puede verter el excedente de energía sobrante a la red.

En este último Real Decreto Ley 15/2018 se abre la puerta a la posibilidad de instalaciones de autoconsumo compartidas en la que una misma instalación suministre energía a diferentes usuarios. Este tipo de instalaciones supondrá una importante reducción de gastos con respecto al consumo energético en comunidades de vecinos.

Este Real Decreto reduce significativamente los trámites de legalización de las instalaciones solares de autoconsumo fotovoltaico. Anteriormente se debía solicitar punto de enganche a compañía, realizar proyecto, condicionantes técnicos, certificaciones, etc. y hacía que la legalización costase mucho tiempo y dinero. En la actualidad, las instalaciones tipo 1 (instalaciones de autoconsumo sin excedentes) de menos de 100 kW y las de tipo 2 (instalaciones de autoconsumo con excedentes) de hasta 15 kW se legalizan con boletín conforme se cumple en el Reglamento En Baja Tensión y la burocracia es mucho más sencilla.

Además, a partir de la vigencia de este último Real Decreto se abre la posibilidad de instalar más potencia con placas solares que la potencia contratada.

En Granada Solar hacemos todo tipo de Instalaciones solares.  ¡¡¡  Le invitamos a preguntar sin compromiso  !!!

Subvenciones Placas Solares. Paquete de medidas de mejora energética para un transporte sostenible

Una de las medidas con relación al autoconsumo son las ayudas o subvenciones para infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. Se aproxima la Convocatoria para solicitar en Andalucía las Ayudas recogidas en el Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES). (PLAN MOVALT Vehículos)

Dichas ayudas se podrán solicitar a partir del el próximo día 19 de junio, a las 9 horas. Como se agotan en pocas horas le aconsejamos que contacten con nosotros lo antes posible para preparar toda la documentación y tenerla lista antes de esa fecha.

Para la adquisición de vehículos acogiéndose a estas ayudas, se deberán dirigir a los concesionarios que se inscriban en el Plan.

Incentivos adicionales

El paquete contempla incentivos económicos y medidas de acompañamiento de la Agencia Andaluza de la Energía. Incluye subvenciones dirigidas a la adquisición de vehículos de energías alternativas (eléctricos, a gas opila de combustible), instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos y combustibles alternativos, incluidas las que usan las energías renovables para su recarga directa e implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas.

Para ello:

  • Se amplía el alcance e intensidades de incentivos para las instalaciones de puntos de recarga y renovación de flotas municipales, a través de la línea de incentivos Redes Inteligentes del Programa “Andalucía es Más”.
  • Se convoca para el año 2019 los incentivos de mejora energética del Transporte en Andalucía, acogidos al Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero.
  • Incentivos para las instalaciones de puntos de recarga y renovación de flotas municipales: Tras publicación de la Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía por la que se modifica el Catálogo de Actuaciones Energéticas de lalínea Redes Inteligentes, se incrementan los porcentajes de incentivo correspondientes a los tipos de actuación y elementos de ejecución de la línea de Redes Inteligentes que se muestran en la siguiente tabla:

Claves de la Nueva Ley Energia Solar

La nueva ley podría resumirse en las siguientes claves:

  1. Fin del impuesto al sol: esta medida era la más esperada por los defensores del autoconsumo. Solo tendrán carga impositiva el peaje de uso de la red cuando se vuelcan excedentes. Y esta carga es mucho más racional.
  2. Simplificación: la clasificación de las instalaciones ahora es más simple, existen dos tipos. Por un lado las instalaciones de autoconsumo sin excedentes, las que no inyectan energía sobrante a la red. Y las instalaciones de autoconsumo con excedentes, que sí vuelcan energía sobrante a la red eléctrica. Además, el reglamento y la legalización de instalaciones será más sencillo.
  3. Autoconsumo compartido: cuando la energía solar proviene de instalaciones cercanas, o propias,  al lugar de consumo. Y varios usuarios se beneficien de su producción. Se considerará un autoconsumo compartido, quitando trabas burocráticas.
  4. Ahorro en equipos: ya no serán necesarios equipos de medida para comprobar la generación de energía. Estos equipos eran costosos y su instalación suponía un sobrecosto sin beneficios.
  5. Potencia: se elimina el límite a la potencia solar a instalar. Que antes no podía exceder a la potencia contratada. Lo que permite instalar más baterías solares sin tener que contratar más potencia con una compañía eléctrica. Además se hace más flexible la potencia mínima contratada con las compañías proveedoras de energía, lo que supone otro ahorro.
  6. Titulares: ya no será necesario que el titular del contrato de la instalación de autoconsumo sea la misma persona que contrata el consumo con la empresa eléctrica.
  7. Inscripción en el registro: se ha reducido la burocracia para la inscripción de las instalaciones de autoconsumo en los registros oficiales. También se han bajado las sanciones a las instalaciones de autoconsumo no regularizadas.

Granada Solar

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